ENTRÓ EN VIGOR AYER LA ORDENANZA SOBRE EL USO Y APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE LAS VÍAS PÚBLICAS Y ESPACIOS MUNICIPALES. SU INCUMPLIMIENTO PUEDE SUPONER MULTAS DE HASTA 100.000 EUROS

Lourenzá, 10 de septiembre de 2013. Después de publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia del pasado sábado, día 7 de septiembre, entró en vigor ayer, lunes, la ordenanza del Ayuntamiento de Lourenzá sobre el uso y aprovechamiento especial de las vías públicas y espacios de titularidad municipal, que regula la carga y transporte de madera y otras actividades extraordinarias en las carreteras del Ayuntamiento. Su incumplimiento puede suponer multas de hasta 100.000 euros.

La alcaldesa, Emma Álvarez Chao, explicó que "el más destacable de esta ordenanza es la necesidad de pedir autorización para distintas actividades, como es el caso del uso de las vías municipales para la carga y transporte de madera así como cualquier otra actividad que de manera extraordinaria se realice por esas carreteras y afecte a su estado o conservación; y también para el depósito de la madera u otros materiales en las vías o espacios públicos. Para eso esta ordenanza, en el artículo 17, obliga a comunicar ante el Ayuntamiento las cortas de madera que se realicen y que para su saca utilicen vías de titularidad municipal, así como cualquier otra actividad que de manera extraordinaria se realice por estas carreteras. Esta comunicación debe hacerse antes de que se inicie la actividad y debe presentarse una copia del permiso, autorización, comunicación o notificación de que se trate junto con varios datos, como pueden ser el titular o titular de las hincas, los datos del empresario maderero, la fecha o período previsto para la realización del transporte, las previsiones de toneladas a extraer, localización de la hinca, lugar de depósito, caminos y vías que vaya a utilizar, la relación de vehículos que si vano usar en el transporte y la declaración responsable de reposición de los daños; y el interesado, también en su declaración, entenderá que las vías públicas a utilizar se encuentran en perfecto estado excepto que acerque un reportaje fotográfico con el que demuestre que ya se encuentran deterioradas".

La regidora añadió que "al mismo tiempo la persona que comunica y solicita el uso de estas vías de titularidad del Ayuntamiento tiene que ingresar un depósito o una fianza en la tesourería municipal con el objeto de responder del arreglo de los daños que se habían podido producir en los viarios municipales y también para la limpieza de los restos de las operaciones de depósito y carga de madera que no se había reparado voluntariamente. La cuantía que recoge la ordenanza para este valle es de un euro por metro lineal para los caminos que no están asfaltados y de dos euros por metro lineal para los los cuales sí lo están y que tienen la consideración de carretera. La devolución de la fianza será exigida por parte del titular de la empresa maderera y en el plazo de un mes, tras la inspección del servicio técnico municipal, se ordenará su devolución pertinente o se requerirá al titular para que ejecute las reparaciones que el técnico municipal considere precisas".

Emma Álvarez terminó explicando que también se regulan "las infracciones y sanciones para aquellas personas que no hagan lo que está estipulado en esta ordenanza. Y para el caso precisamente de la tala de madera sería considerado como una infracción leve y el artículo 21 fija los importes de las sanciones en relación a la ley 33/2003 del 3 de noviembre del patrimonio de las administraciones públicas por aplicación de la potestad sancionadora, recogida en el artículo 44, apartado 2, del reglamento de bienes de las entidades locales, aprobado por el Real Decreto 1.372/86. Por lo tanto, al ser considerado una falta leve, la multa podría conseguir hasta 100.000 euros".

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